De acuerdo con las disposiciones fiscales del 2020, los contribuyentes deben darse de alta en el Buzón Tributario, de no hacerlo, podrían ser acreedores a multas entre $3,000 y $9,000 pesos.
El Buzón Tributario, es el canal de comunicación entre contribuyentes y autoridades, por medio del cual se puede cumplir con obligaciones fiscales sin salir de casa.
Para poder utilizar el Buzón Tributario debes seguir los siguientes pasos:
- Darte de alta desde el portal del SAT. Aquí será necesario que agregues un medio de contacto.
- Para registrarte, deberás buscar el botón “Buzón Tributario” en el portal del SAT, éste se encuentra en la parte superior derecha y es color verde.
- Una vez que ingreses, te pedirá datos como RFC, contraseña fiscal y/o firma electrónica.
Por disposición del artículo 86 C del Código Fiscal, algunos motivos de multa son:
- No habilitar el buzón tributario
- Registrar medios de contacto erróneos, esta disposición se estipula a raíz de que muchas personas no daban sus datos correctos.
Dependiendo de la infracción, la multa podría ser de entre $3,000 y $9,250 pesos.
A través de estas medidas, el SAT busca que los contribuyentes cumplan en tiempo y forma con asuntos fiscales, es por ello que se les enviarán notificaciones por medio del Buzón Tributario.
De hecho, cada vez que el contribuyente no revise las notificaciones enviadas por el SAT, se irán acumulando sanciones.
Para las únicas personas que ésta no es una medida obligatoria es para los empleados que no cuentan con ingresos extra.
Otro dato importante sobre el buzón tributario, es que los contribuyentes deben revisarlo constantemente, pues aunque está vinculado con un correo electrónico, no siempre llegan los avisos.
A veces, hablar sobre el SAT puede ser un tema complicado, sin embargo existen herramientas como Facturify para ayudarte a mantener al corriente asuntos fiscales como facturación electrónica y nóminas. De hecho, puedes probar la herramienta con 10 folios gratis, sin necesidad de ingresar tu tarjeta de crédito.
Esta disposición referente al Buzón Tributario, entrará en vigor a partir del 31 de marzo para personas morales y el 30 de abril para personas físicas. ¿Ya te registraste? Aquí te dejamos el tutorial para hacértelo aún más fácil.
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