¿Eres de los contribuyentes que están exentos o estas obligado a emitir facturas electrónicas? Hablemos de estos casos y de las herramientas y opciones disponibles para expedirlas.
En el 2004 el SAT creó el marco legal para regular los CFDI, Comprobantes Fiscales Digitales por Internet, convirtiendo a la facturación electrónica en un medio de comprobación fiscal. Previo a su existencia, el control fiscal era totalmente análogo y generaba inmensas cantidades de papel y gastos administrativos sumamente altos, adoptar esta tecnología sin duda nos ha traído un enorme beneficio social y fiscal.
La medida fue adoptada rápidamente y en el 2005 se registraron más de 130 mil operaciones por este medio, el SAT entonces autorizó la facturación electrónica a través de Proveedores Autorizados de Certificación (PAC).
En el 2011 la facturación electrónica empezó a ser obligatoria solo para algunos contribuyentes, y no fue sino hasta 2014 que se instituyó la emisión de recibos de nómina para todos los empleados, y la facturación electrónica se convirtió en una obligación solo para los contribuyentes con ingresos superiores a 250 mil pesos anuales, generándose más de 34 millones de operaciones en facturación electrónica solo en 2014.
Para facilitar estas obligaciones y su cumplimiento, el SAT preparó una herramienta para realizar las facturas electrónicas, la cual se denomina “Mis cuentas” y está disponible de forma gratuita en su portal.
Al día de hoy, a pesar de que la emisión de facturas electrónicas ya es una práctica consolidada en México, aún existen contribuyentes nada familiarizados con sus obligaciones fiscales.
¿Quiénes están exentos de emitir facturas electrónicas?
De acuerdo con el artículo 29 del Código Fiscal de la Federación, todos los contribuyentes están obligados a emitir facturas electrónicas por las actividades que realizan y los ingresos que perciben. Los empleados son los únicos exentos, ya que sus patrones se encargan de retener los impuestos correspondientes. También hay personas a quienes el SAT otorga algunas facilidades debido a que las actividades que realizan tienen características que dificultan la emisión de los CFDI.
En México, los trabajadores asalariados son los únicos exentos de emitir facturas electrónicas. Esto se debe a que reciben el pago directo de un patrón, quien es responsable de retener los impuestos correspondientes y entregarlos al SAT. Por ello, las empresas o instituciones que emplean asalariados se ocupan de emitir su recibo de pago, de modo que no es necesario que los propios trabajadores generen facturas electrónicas.
Hay casos en que los trabajadores asalariados sí están obligados a presentar su declaración anual, estos son, en caso de trabajar con dos patrones distintos o si sus ingresos rebasan los 400mil pesos anuales, aun trabajando para un solo empleador.
Casos excepcionales
Fuera de los trabajadores asalariados, nadie está exento de emitir facturas electrónica, pero quienes no las emiten de forma regular son las personas que se dedican a las actividades primarias (agricultura, pesca, ganadería, explotación forestal, o minería), ya que generalmente no cuentan con equipos de cómputo, herramientas mínimas necesarias para poder generar sus CFDI.
Ciertamente, estos contribuyentes no están exentos de expedir facturas electrónicas, sino que por realizar sus operaciones en efectivo generalmente no pueden cumplir con esta obligación de manera normal. A ellos se les permite que, en vez de emitir facturas individuales por cada operación realizada, puedan emitirlas de forma acumulada; y dependiendo del régimen en que se encuentren registrados podrán hacerlo de manera ya sea mensual o bimestral, si están en el RIF.
Igualmente existe el caso de los pequeños comercios, por ejemplo los ubicados en mercados, quienes las emiten cada 30 días ya que aún se encuentran en un proceso de regularización fiscal. Ellos llevan su propio registro y al final de cada mes consignan sus ingresos contra sus gastos.
Así mismo, es importante mencionar que los trabajadores informales no pagan impuestos ya que no cuentan con registro legal ni fiscal, por lo que enfrentan condiciones adversas como la carencia de contratos que les permitan hacer uso de derechos laborales o prestaciones.
¿Quiénes sí están obligados a emitir facturas electrónicas en México?
Tanto las personas físicas como las morales están obligadas a emitir facturas, ya que es a través de ellas que se acredita la prestación de un servicio o la venta de un producto.
El Código Fiscal establece que todo aquel que obtiene un ingreso tiene la obligación de emitir su factura electrónica y pagar los respectivos impuestos.
Hay quienes ya sea por desconocimiento o falta de recursos no llevan a cabo este procedimiento fiscal. Sin embargo, eso no los exenta de sus obligaciones y pueden ser sancionados. Incumplir la obligación de expedir facturas electrónicas y ponerlas a disposición de los clientes se sanciona con multas de entre 1,490 y 87,350 pesos, y en caso de reincidencia puede derivar en la clausura de un establecimiento.
Ventajas de la facturación electrónica
Definitivamente, la emisión de facturas electrónicas trae consigo múltiples ventajas, tanto para el SAT como para los contribuyentes.
En el caso de las autoridades, facilita los procesos de auditoría y evita la falsificación de documentos. Un ejemplo claro es el siguiente: cuando las facturas eran de papel, se les podía poner la fecha que se deseara y dejar en blanco varios folios para luego venderlas; actualmente no hay manera de modificar la fecha de emisión, ya que, al momento de hacer el timbrado de manera automática, se genera la fecha y la hora en que fue realizado el comprobante. Esto demuestra que ahora existe un mayor control en este sentido.
Para los contribuyentes, la facturación electrónica puede facilitar el control sobre sus finanzas al permitirles llevar un registro de todas sus transacciones, reduciendo también el tiempo y procesos administrativos invertidos, así como gastos de papelería.
Requisitos para emitir facturas electrónicas
Para poder emitir facturas electrónicas solo debes cumplir con los siguientes requisitos:
+ RFC
El Registro Federal de Contribuyentes o RFC es la clave única que el SAT asigna a las personas físicas y morales para identificarlas. Se forma de las iniciales del contribuyente, los dígitos de su fecha de nacimiento y una homoclave que el sistema asigna. Es muy fácil obtenerlo: solo debes contar con tu CURP y solicitarlo por Internet a través de este enlace; o bien, tramitarlo en las oficinas del SAT. Junto con el RFC, obtendrás una contraseña que será indispensable para realizar trámites en línea.
+ E.firma
La e.firma, conocida también como Firma Electrónica o Fiel, es un archivo electrónico que contiene la firma caligráfica del contribuyente y permite identificarlo al realizar un trámite por internet. Para obtenerla, es necesario acudir a las oficinas del SAT.
En el caso de las personas físicas, debe presentarse el CURP, así como original y copia de una identificación vigente. Si no cuentas con tu CURP, puedes llevar tu acta de nacimiento original.
En el caso de las personas morales, debe acudir el representante legal con el el acta constitutiva de la persona moral presentando el documento que acredite su poder general para actos de dominio o administración. El representante legal deberá contar con una e.firma vigente.
+ CSD, Certificado de Sello Digital
Este certificado es necesario solo para personas morales, y sirve para sellar las facturas que se emitan y garantizar que tengan el mismo origen. Puede utilizarse un solo sello o solicitar uno para cada sucursal.
Emisión de facturas electrónicas
Si tienes que emitir facturas electrónicas, existen varias herramientas a tu disposición para hacerlo. La primera de ellas, como lo mencionamos anteriormente es la aplicación “Mis cuentas”.
“Mis cuentas” es un software gratuito que ofrece el SAT a través de su portal, te permite cumplir con tus obligaciones fiscales, incluida la emisión de declaraciones, la contabilidad y las facturas de nómina.
Dentro de la aplicación “Mis Cuentas” se encuentra una herramienta llamada “Factura fácil”, que pueden usar todas las personas físicas inscritas en los regímenes de Incorporación Fiscal, Actividad empresarial, Honorarios, Arrendamiento, y Sector primario, además de personas morales como asociaciones religiosas y donatarias autorizadas.
La mejor opción podría ser utilizar un sistema de contabilidad electrónica como Facturify, un software de contabilidad y finanzas que te permite realizar facturas electrónicas ilimitadas y de forma automática, ya que te facilita guardar la información de tus clientes y ahorrándote horas de captura de datos.
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